Tasas de los reconocimientos médicos
Anexo 2 del Decreto del Gobierno nº 284/1997 (XII. 23.)
A | B | |||||||
1. | Las personas que pretendan tener o conservar un arma de fuego por razón de su empleo (Grupo I) evaluación psicológica de su aptitud para portar armas de fuego |
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a) en primer lugar | 7 200 Ft | |||||||
b) en segunda instancia | 12 000 pies | |||||||
2. | Prueba de aptitud para las personas que pretenden tener o llevar un arma de fuego o utilizar un arma de fuego cargada con fines de caza (Grupo II) | |||||||
A. | prueba de aptitud médica | |||||||
a) si tiene menos de 40 años: | ||||||||
aa) | en primer lugar | 7 200 Ft | ||||||
ab) | en segunda instancia | 10 800 Ft | ||||||
b) si tiene más de 40 años pero menos de 60: | ||||||||
ba) | en primer lugar | 4 800 Ft | ||||||
bb) | en segunda instancia | 7 200 Ft | ||||||
c) si tiene más de 60 años pero menos de 70: | ||||||||
ca) | en primer lugar | 2 500 Ft | ||||||
cb) | en segunda instancia | 4 800 Ft | ||||||
d) si ha cumplido los 70 años: | ||||||||
da) | en primer lugar | 1 700 Ft | ||||||
db) | en segunda instancia | 3 200 Ft | ||||||
B. | prueba de aptitud psicológica | |||||||
a) | en primer lugar | 7 200 Ft | ||||||
b) | en segunda instancia | 12 000 pies | ||||||
3. | Pruebas de aptitud para conductores de vehículos de motor, servicios de navegación interior y embarcaciones de recreo en vías navegables interiores | |||||||
a) si aún no ha cumplido los 40 años, o los 50 en el caso de un examen de aptitud para conducir: | ||||||||
aa) | en primer lugar | 7 200 Ft | ||||||
ab) | en segunda instancia | 10 800 Ft | ||||||
b) si ha cumplido los 40 años -50 en el caso de un examen de aptitud para conducir- pero no ha cumplido los 60 años: | ||||||||
ba) | en primer lugar | 4 800 Ft | ||||||
bb) | en segunda instancia | 7 200 Ft | ||||||
c) si tiene más de 60 años pero menos de 70: | ||||||||
ca) | en primer lugar | 2 500 Ft | ||||||
cb) | en segunda instancia | 4 800 Ft | ||||||
d) si ha cumplido los 70 años: | ||||||||
da) | en primer lugar | 1 700 Ft | ||||||
db) | en segunda instancia | 3 200 Ft | ||||||
4. | Análisis de sangre y orina para detectar los niveles de alcohol | 4 800 Ft | ||||||
5. | Una prueba para detectar los niveles de droga | |||||||
a) | muestra de sangre | 3 200 Ft | ||||||
b) | recogida de orina | 1 600 Ft | ||||||
6. | Crear y publicar una vista | 3 500 Ft | ||||||
7. | Desintoxicación de una persona ebria | 7 200 Ft | ||||||
8. | Atención aguda a una persona bajo la influencia de las drogas | 7 200 Ft | ||||||
9. | Prueba de aptitud médica marítima | |||||||
(a) el examen médico de una persona que presta servicios de navegación marítima | ||||||||
aa) | evaluación inicial de la aptitud médica | 19 200 Ft | ||||||
ab) | pruebas médicas periódicas o rutinarias de aptitud física | 15 600 Ft | ||||||
b) Pruebas de aptitud para los conductores de embarcaciones de recreo de las clases I y II | ||||||||
ba) | evaluación inicial de la aptitud médica | 12 000 pies | ||||||
bb) | pruebas médicas periódicas o rutinarias de aptitud física | 9 700 Ft | ||||||
(c) Pruebas de aptitud para los conductores de embarcaciones de recreo de las clases III y IV | ||||||||
ca) | evaluación inicial de la aptitud médica | 9 700 Ft | ||||||
cb) | pruebas médicas periódicas o rutinarias de aptitud física | 7 200 Ft | ||||||
10. | Excepto a los reconocimientos y consultas médicas forenses, que no sean los exigidos por la ley o que no tengan por objeto determinar el derecho a la seguridad social o a las prestaciones sociales, o a los reconocimientos y consultas médicas, excepto cuando el reconocimiento y la consulta tengan por objeto determinar el derecho a la seguridad social o a las prestaciones sociales | 7 200 Ft | ||||||
11. | Examen de salud deportiva de los atletas profesionales | 9 700 Ft | ||||||
12. | Examen de salud deportiva adicional para atletas profesionales | La prestación en cuestión la tasa que puede reclamarse como financiación pública |
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13. | Control médico de aptitud | |||||||
a) 1er Departamento de Salud | ||||||||
aa) | un examen inicial o ampliado (incluyendo un ECG de esfuerzo, un examen oftalmológico completo o un examen completo de oídos, nariz y garganta) | 28 700 Ft | ||||||
ab) | inspección periódica | 16 100 Ft | ||||||
b) 2º Departamento de Salud | ||||||||
ba) | examen inicial o ampliado (incluida la prueba de esfuerzo del ECG) | 13 800 Ft | ||||||
bb) | inspección periódica | 9 200 Ft | ||||||
c) Departamento de Salud 3 | ||||||||
ca) | un examen inicial o ampliado (incluyendo un ECG de esfuerzo, un examen oftalmológico completo o un examen completo de oídos, nariz y garganta) | 28 700 Ft | ||||||
cb) | inspección periódica | 16 100 Ft | ||||||
14. | Examen de tórax (cribado pulmonar) que no es obligatorio en virtud de una prueba de detección ordenada por la autoridad sanitaria de conformidad con el Decreto Ministerial sobre Medidas Epidemiológicas para la Prevención de Enfermedades Transmisibles y Epidemias, o como parte de una prueba de detección relacionada con la edad, en virtud del Decreto Ministerial sobre los servicios sanitarios para la prevención y la detección precoz de las enfermedades cubiertas por el seguro médico obligatorio y sobre la certificación de las pruebas de detección, o como parte de una prueba de aptitud para los estudiantes de formación profesional y educación superior no prevista por la ley. | 1 700 Ft | ||||||
15. | Asesoramiento experto en materia de empleabilidad | |||||||
a) | para un dictamen profesional para el empleo público | 1900 Ft/persona/cada uno | ||||||
b) | en el caso de un dictamen necesario para la ejecución de un servicio comunitario como castigo | 1900 Ft/persona/cada uno | ||||||
c) | en los casos no contemplados en las letras a) y b) | 3300 HUF/persona/cada uno | ||||||
16. | La inmunización por vacunación no es obligatoria en el interés epidemiológico, excepto para (a) la inmunización mediante la vacunación gratuita; y (b) la inmunización contra las bacterias neumocócicas, el virus del papiloma humano y la gripe, también en el ámbito no cubierto por la letra a) |
2 000 Ft | ||||||
17. | Cargos por las pruebas de detección del SARS-CoV-2 por RT-PCR durante una alerta epidémica | 17 000 pies | ||||||
18. | Cargos por el muestreo de RT-PCR del SARS-CoV-2 durante una alerta epidémica | 2 500 Ft | ||||||
19. | Pruebas serológicas para la detección de anticuerpos específicos del SARS-CoV-2 durante una alerta epidémica | 9 000 pies | ||||||
20. | Toma de muestras durante una alerta epidémica para la realización de pruebas serológicas de detección de anticuerpos específicos del SRAS-CoV-2 | 2 000 Ft |